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Modificación de la Orden que regula la bolsa de empleo de personal estatutario temporal de Sacyl

Hoy se ha publicado en Bocyl la modificación de la Orden por la que se regulan las bases comunes para la constitución de bolsas de empleo de personal estatutario temporal de los centros e instituciones sanitarias de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León, y se regula el funcionamiento de las mismas, tal como había pedido SATSE.

Estos cambios recogen las modificaciones que había pedido SATSE Castilla y León.

NORMATIVA

Actualización cada 3 meses (áreas y tipos de llamamiento)

Listado supletorio: fecha de primer registro.

Cuidado de familiar hasta 2º grado: renuncia justificada.

Renuncia desde nombramiento corto disponible para área preferente.

Renuncia a nombramiento corto desde jornada parcial disponible para largos e interinidades.

Nuevos puestos específicos banco de sangre, medicina nuclear y radioterapia.

No es obligatoria la llamada telefónica y sí cualquier medio que quede constancia.

Maternidad/paternidad: reserva de nombramiento cómputo de los servicios prestados.

No “repenalizar” si ya estás penalizado.

Optar por renuncia justificada o por rechazo.

Necesario la comunicación expresa por escrito para pasar a situación de disponibilidad.

Mérito de superación de procesos selectivos sin límite de tiempo.

APLICACIÓN INFORMÁTICA

Acceso a la posición en bolsa, tipos de llamamientos y méritos validados y/o rechazados.

Índice rellenable de méritos.

Generación de justificante de presentación e informe cuando se graba la solicitud.

Notificar por correo electrónico los bloqueos y penalizaciones y recordatorio de llamamientos.

CRITERIOS DE INTERPRETACIÓN

No llamadas con número oculto.

Plazo para contestar llamadas 24 horas.

En SMS aparecerá el plazo para contestar.

Grabar fecha de fin de nombramiento si se conoce disponibilidad a partir de esa fecha.

Contratos largos e interinidades se ofertarán con no más de 7 días de antelación.

Plazo para incorporación en contratos largos e interinidades: 2 días.

Responder a una llamada no implica reinicio del cómputo de llamadas a efecto de bloqueo.

S.I. 25-21 MODIFICACION BOLSA ABIERTA Y PERMANENTE