Publicada información complementaria sobre experiencia mínima y especialidades para la bolsa de Enfermería de Sacyl
Se abre un plazo de 10 días hábiles para presentar alegaciones referidas exclusivamente a este Anexo.
Consulta la resolución, el anexo con dichos datos y el SATSE Informa al respecto en los documentos adjuntos a esta noticia.
Con fecha 29 de mayo de 2018 se publicó en el Boletín Oficial de Castilla y León la RESOLUCIÓN de 21 de mayo de 2018 por medio de la cual se publicaba la relación PROVISIONAL de «PERSONAS CANDIDATAS» de la bolsa de empleo de la categoría de personal estatutario de Enfermero/a, la relación PROVISIONAL de «PERSONAS CANDIDATAS EXCLUIDAS», indicándose la causa que ha motivado su exclusión provisional, así como la relación de personas que han presentado documentación y que no figuran en la relación definitiva de los aspirantes inscritos en la citada bolsa, y que, por lo tanto, no forman parte de la misma.
En los listados indicados anteriormente no se habían incluido los datos relativos a la acreditación de la «experiencia mínima» en determinados puestos de trabajo, ni de la titulación en las distintas «especialidades» a que se hace referencia en el artículo 20 de la ORDEN SAN/713/2016, de 29 de julio (por la que se regulan las bases comunes para la constitución de bolsas de empleo de personal estatutario temporal, de los centros e instituciones sanitarias de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León, y se regula el funcionamiento de las mismas), que serán tenidas en cuenta como preferentes en los llamamientos que se efectúen para puestos correspondientes a especialidades de Enfermería y para puestos de trabajo específicos.
Si bien han sido los propios candidatos provisionales los que han llevado a cabo el registro, en la aplicación informática que sirve de soporte a la bolsa de empleo de la categoría Enfermero/a, de los datos relativos a la acreditación de la experiencia mínima en determinados puestos de trabajo, y de la titulación de las distintas especialidades, y que este registro debería haberse realizado conforme a los requisitos establecidos en el apartado 1 del citado artículo 20 de la ORDEN SAN/713/2016 (experiencia mínima acreditada en su desempeño de dos meses en los últimos dos años o de cinco meses en los últimos cinco años exclusivamente en los puestos indicados expresamente o la acreditación de ostentar la titulación de enfermero/a especialista en las especialidades recogidas), no obstante, por razones de mayor transparencia y garantía para todos los interesados, se acuerda publicar la presente resolución recogiendo información complementaria a la ya publicada.